Comisión aprueba sanciones civiles y penales por lucro
educación. Los senadores Rossi y Quintana retiraron la indicación que penalizaba con cárcel el mal uso de los recursos públicos, que había ingresado en la Cámara.
carolina.collins@mediosregionales.cl
Uno de los temas que ha causado mayor división con respecto a la reforma educacional, es el de las sanciones que se apliquen a quienes lucren utilizando recursos públicos. Ayer, las comisiones unidas de Educación y Hacienda del Senado, aprobaron sanciones civiles y penales para quienes hagan mal uso de esos fondos.
Durante el paso del proyecto por la Cámara de Diputados, se había incluido una indicación que penalizaba con cárcel el mal uso de recursos públicos. La disposición no prosperó en el Senado, donde fue retirada del proyecto por los parlamentarios Fulvio Rossi (PS) y Jaime Quintana (PPD).
Por esa razón el Ejecutivo en conjunto con parlamentarios de la Nueva Mayoría, introdujeron una indicación que establece sanciones civiles y penales para quienes lleven a cabo esa práctica, que fue la que finalmente se aprobó en la actual instancia que se encuentra el proyecto.
La indicación establece que quien haga mal uso de los recursos públicos destinados a educación, deberá reintegrarlos al establecimiento educacional debidamente reajustados y además la Superintendencia de Educación los sancionará con una multa del 50% de la suma sustraída o desviada.
Además señala que en caso de que haya mal uso de los recursos del Estado, se deben establecer las "responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone" y que luego serán la Superintendencia de Educación o el Servicio de Impuestos Internos quienes deberán realizar una denuncia ante el Ministerio Público.
Votación dividida
La votación de esta disposición fue dividida y contó con el apoyo de los senadores de la Nueva Mayoría, mientras que los parlamentarios de la Alianza la rechazaron.
Ayer también se aprobó una indicación que permite la operación con personas relacionadas cuando se hacen con organizaciones sin fines de lucro o de derecho público que presten permanentemente de servicios a los establecimientos educacionales. Los senadores también aprobaron dos indicaciones, una del Ejecutivo y otra de los parlamentarios Jorge Pizarro, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar, que establece que "se entenderá por partes relacionadas a las personas jurídicas que posean directa o indirectamente el 10% (antes se hablaba del 5%) o más del capital de ésta, la calidad de directivo o de administrador".