Corte ratifica sentencia que ordena al Fisco indemnizar a la familia de Matías Catrileo
justicia El Estado tendrá que pagar $ 130 millones a la madre y a su hermana.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del Segundo Juzgado Civil de Santiago, que obliga al Estado a pagar una indemnización por daño moral a la madre y hermana de Matías Catrileo (23), que murió el 3 de enero de 2008 de un balazo por violencia innecesaria de Carabineros.
En un fallo unánime de la Novena Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras María Soledad Melo, Ana Cienfuegos y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, se ratificó la sentencia de la jueza Inelie Durán, del Segundo Juzgado Civil de Santiago, que ordenó al Estado pagar $ 80 millones a María Quezada Merino, madre de la víctima y $ 50 millones a su hermana, Catalina Catrileo Quezada.
La resolución determinó la responsabilidad del Fisco en el actuar del cabo de Carabineros Walter Ramírez Inostroza, luego de que de estableciera la condena criminal contra el uniformado como el autor de la muerte del joven.
En el fallo se estableció que los "antecedentes son bastantes para estimar concurrente la ejecución de una acción ilícita por parte de una persona que tenía la calidad de agente policial del Estado, invocando y actuando en su condición de tal durante los sucesos".
La sentencia además concluye que el hecho tiene rasgos delictivos desde el punto de vista criminal, y que desde el punto de vista de la responsabilidad civil "constituye, a lo menos, un cuasidelito si se le pone en relación con el resultado lesivo, toda vez que el agente, aun sin la intención positiva de causar el daño, obró negligentemente en el cumplimiento de una orden o en el ejercicio de sus funciones policiales, empleando, sin motivo racional, violencias innecesarias que aparejaron la muerte del ofendido Catrileo Quezada", se explica en el texto de la resolución.
El cabo Walter Ramírez fue condenado en 2010 por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte, en su condición de agente policial del Estado en el incidente, ocurrido el 3 de enero de 2008 en el Fundo "Santa Margarita", ubicado en la localidad de Vilcún, en la Región de La Araucanía.
En el caso de Matías Catrileo, la justicia atribuyó además responsabilidad institucional a Carabineros, "dado que, pudiendo y debiendo hacerlo, no dispuso los medios intelectuales ni materiales para prevenir, como era su deber, las gravísimas faltas y excesos observados".