El patrimonio ecológico de las ciudades, entre ellos los humedales urbanos, son vitales para la humanidad, por la importante diversidad biológica que habita en ellos y por los beneficios que brindan a las comunidades donde se encuentran insertos.
Sin embargo, son hábitats continuamente amenazados por la intervención de las personas, lo que no se condice con el deseo de un país que enfoca sus esfuerzos de crecimiento de la mano del desarrollo sustentable.
Lo correcto sería que los asentamientos humanos urbanos actúen basados en la conservación y respeto del paisaje, flora, fauna, recursos hídricos, y los fines recreativos que en su conjunto harán socialmente aceptable el desarrollo urbano en un espíritu de sana y respetuosa convivencia. Sin embargo esta premisa no siempre es así.
Resulta insólito que siendo un tema ampliamente debatido y reconocido a nivel internacional, hoy día en Chile no contemos con una normativa legal que faculte a los municipios proteger o velar para que el desarrollo urbanístico de las ciudades, en conjunto con la ampliación de los asentamientos humanos, vaya en armonía con estos espacios.
Este vacío legal es un llamado urgente a crear una normativa que otorgue a las administraciones comunales las competencias y facultades necesarias para que, a través de sus instrumentos de planificación territorial, puedan establecer legalmente sus zonas de protección, y a su vez priorizar el manejo de cada una de ellas.
Ese es el foco del proyecto que presenté y que pretende establecer y agregar el concepto de Zona de Conservación Natural en la Ley general de Urbanismo y Construcción.
La iniciativa establece requisitos o condiciones de construcción o edificación, las que serán autorizadas por el Ministerio de Vivienda y urbanismo, consultadas al Consejo de Monumentos Nacionales, y cuyas especificaciones técnicas deben ser resueltas por cada municipio en sus planes reguladores y con las debidas instancias de consulta y participación ciudadana.
Para declarar una zona de "Conservación Natural" será condición que se trate de sectores cuya expresión sea de alto interés paisajístico, flora, fauna, hídrico y recreativo.
De esta manera las comunas contarán con un instrumento de protección efectivo para cuidar a sus humedales, evitar su paulatina degradación y potenciar sus beneficios.
Bernardo Berger Fett
Diputado