Pablo Quintana Villanueva
Los ministros del Tercer Tribunal Ambiental deberán decidir en los próximos días si fijarán una fecha para dictar sentencia o solicitarán más antecedentes respecto de la reclamación presentada el 4 de enero de este año por la Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos (Codeproval). El centro de la discusión está radicado en el decreto supremo Nº1 de dicha cartera ministerial, publicado en el Diario Oficial el 27 de noviembre de 2015, que estableció normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas superficiales de la cuenca del río Valdivia.
Dentro de la sustanciación de la causa, ayer se realizó la audiencia para escuchar a las partes involucradas: además de Codeproval se presentaron como reclamantes los abogados de Celulosa Arauco y Constitución y Forestal Calle Calle; y por la parte reclamada, el Ministerio del Medio Ambiente, el Consejo de Defensa del Estado y Acción por los Cisnes.
Participación
De acuerdo con el profesional que representa a Codeproval, Alejandro Durán, "defendemos y estamos invocando el interés general de todo el sector productivo de Valdivia, de poder participar en un proceso de discusión pública de la nueva norma ambiental, el decreto supremo número 1 del Ministerio del Medio Ambiente, que viene a modificar la que se había dictado en 2013. Nuestro fundamento principal de reclamación es que la nueva norma no fue sometida al mismo proceso de participación y de discusión ciudadana que sí tuvo el decreto supremo número 55 de 2013".
El abogado sostuvo enfáticamente que "como Codeproval, queremos tener la mejor norma de calidad ambiental posible para la región de Los Ríos; y para conseguirlo, necesitamos que se ponderen todas las variables: técnicas, científicas, sociales y económicas, de manera que todos quienes vivimos en la región -y en particular, todos los asentamientos humanos y empresas que giran en torno a la cuenca de los ríos Cruces y Valdivia-, puedan presentar sus planteamientos y observaciones y la norma proteja el medioambiente de la manera más eficaz posible".
"no tienen legitimidad"
En la vereda opuesta, el abogado de Acción por los Cisnes, Vladimir Riesco, manifestó que solicitó el rechazo de la reclamación, dado que "no hay legitimidad activa de parte de los recurrentes, ya que no se encuentran impactados, dañados o perjudicados por la norma".
Ello porque el decreto supremo número 1 "impone obligaciones de monitorear, tabular información y eventualmente implementar planes de prevención o descontaminación al Estado; y no impone cargas a los emisores de residuos industriales líquidos".
Además, subrayó que "detrás de esta historia hay una estrategia procesal de Celulosa Arauco, tendiente a evitar ser fiscalizada por los reiterados incumplimientos de la resolución de calificación ambiental".
Algo de historia
En 2006 se inició la elaboración de la norma de protección de las aguas del río Valdivia. En 2012 se aprobó el anteproyecto y se otorgó plazo de 60 días para la participación ciudadana. En 2013 se dictó el decreto supremo 55 que estableció normas, pero nunca se publicó en el Diario Oficial.