Gastos electorales

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De acuerdo a los plazos definidos por el Servicio Electoral, el 5 de octubre vence el plazo para que el director del Servel se pronuncie sobre cuentas generales de ingresos y gastos electorales. En el caso de observar la cuenta presentada, el administrador electoral o administrador general electoral, deberá entregar su respuesta dentro del plazo del décimo día de ser requerido.. Transcurrido este último plazo, se haya o no recibido respuestas a las observaciones, el director del Servel resolverá la aprobación o el rechazo de la cuenta, dentro de los 15 días siguientes.