El avance en la generación de conciencia acerca de la necesidad de otorgar protección jurídica a nuestros recursos naturales, ha relevado la actividad de organizaciones de la sociedad civil, generando en algunos casos iniciativas de ley. Un claro ejemplo de lo anterior es lo que sucede a propósito del recurso agua, específicamente a raíz del proyecto de ley de protección y preservación de los glaciares.
La iniciativa, actualmente en su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, se sustenta en el carácter estratégico de los mismos para asegurar, en términos generales -según propia declaración de la iniciativa- la provisión de servicios ecosistémicos.
Teniendo presente el tránsito de la iniciativa en el Parlamento, espacio en el que se determinará el contenido específico de cada uno de los aspectos que pretende regular, desde ya es valorable la producción del mismo en la creación de conceptos jurídicos inexistentes, como el de "Reserva Estratégica Glaciar", las potestades que en la determinación de esta calidad le serán conferidas a los órganos de la Administración y el control jurisdiccional de los actos que al efecto se dicten.
En este aspecto, el proyecto se ha propuesto ampliar la competencia de los Tribunales Ambientales, a través de la interposición de un Recurso de Reclamación -de amplia legitimación- en contra de los Decretos Supremos que declaren Reservas Estratégicas Glaciares.
Los Tribunales Ambientales se erigen de este modo como el órgano naturalmente llamado a conocer este tipo de controversias, lo que se desprende además de su integración mixta y la exigencia que el legislador le impone de enunciar, cuando corresponda, los fundamentos técnico-ambientales con arreglo a los cuales pronuncia sus sentencias.
Esta judicatura, de reciente instalación, ha dado importantes señales de consolidación en el conocimiento y juzgamiento de los asuntos que la ley ha puesto en la esfera de sus atribuciones y cuyo ejercicio privativo ha sido ratificado por los Tribunales Superiores de Justicia, acercando la administración de justicia en materia ambiental a los territorios en que se emplazaran las iniciativas de inversión.
Pablo Miranda Nigro
Ministro Tercer Tribunal Ambiental