según la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) « (…) en Chile, los accidentes de tránsito son la primera causa externa de muerte en niños de 1 a 14 años. Sólo en 2015 murieron 73 niños, de entre 0 y 12 años, en siniestros viales, mientras se registraron 4 mil 513 lesionados de esa edad, con heridas de diversa consideración. Producto de lo anterior, el Ministerio del Transporte, ha realizado una serie de modificaciones a la legislación vigente prohibiendo, en marzo de 2016, a menores de 12 años a viajar en el asiento delantero del vehículo. Complementando lo anterior el 17 de marzo del presente año, será obligatorio que los niños menores a 9 años utilicen sistemas de retención infantil. Esos cambios, han dado lugar, según la prensa a que se hable de la "Ley de la silla", nombre que podrá parecer novedoso para algunos.
Bueno, sólo escribo estas líneas para indicar que ello es una usurpación de nombre, puesto que en Chile tenemos Ley de la Silla desde 1914. Claro, era otra silla, pero silla al fin y al cabo.
Corría diciembre de 1914 y Chile se encontraba en el período denominado "República Parlamentaria" y la presidencia era ocupada por don Ramón Barros Luco, nombre que para la mayoría de los chilenos es sinónimo de un sándwich.
Él fue un Presidente, que logró conciliar distintas facciones políticas bajo el lema, "Soy garantía para todos" y a quien se le adjudica la siguiente frase: "No hay sino dos clases de problemas; los que se resuelven solos y los que no tiene solución". Cada lector podrá deducir las características de la presidencia de don Ramón.
Era un Chile marcado por la desigualdad social y sobre todo por la ausencia de leyes que protegieran a los trabajadores. En ese contexto, se logró la aprobación de la Ley Nº 2951, la que abordaba tres puntos: El primero de ellos, referido a la obligación de incorporar asientos tras los mostradores para que los dependientes pudieran descansar, durante la larga jornada laboral; el segundo se refería a la pausa de una hora y media, para almuerzo, y el tercero hacía referencia a las multas por el incumplimiento de los dos anteriores.
Esa es la única y verdadera Ley de la Silla, la que aunque quizás muchos no lo sepan y pese a las distintas modificaciones de las leyes laborales, sigue vigente.
Lorena Liewald Dessy Directora de Ped. Historia y Geografía de la USS Valdivia