Emprender en Navidad
María
Constanza Rojas
Carrera de Derecho
UST Valdivia
En esta época del año y en el período estival, es muy probable que muchas personas (chilenos o extranjeros) comiencen a desarrollar alguna actividad que les genere rentas, es decir, se conviertan en emprendedores, ya sea al dedicarse a la fabricación y comercialización de productos, en el área de turismo, transporte u otras. Al iniciar un emprendimiento es necesario tener algunas consideraciones:
Lo primero es definir el tipo de empresa, la cual puede constituirse como persona natural o jurídica: - Persona natural: en este caso, es la propia persona quien asume todos los derechos y obligaciones (incluyendo deudas) de la empresa.
-Persona jurídica: permite que la empresa, y no el dueño, asuma los derechos y obligaciones. Puede estar conformada por una o más personas, quienes no ponen en riesgo su patrimonio, debido a que sólo deben responder por el monto aportado.
Por otra parte, probablemente dichas actividades serán de aquellas susceptibles de producir rentas gravadas a que se refiere la Ley sobre Impuesto a la Renta y que, por lo tanto, corresponda realizar la declaración de iniciación de actividades.
La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la primera y/o segunda categoría de la Ley de la Renta, la deben realizar personas naturales y/o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
La iniciación de actividades debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a su comienzo y se requiere definir uno o varios códigos de actividad económica de los establecidos en la nómina que para tales efectos se publica en la página web del Servicio de Impuestos Internos.
Luego de ello, surgen una serie de obligaciones entre las que se encuentran la emisión de facturas o boletas, obtención de patente municipal.