Evalúan la ley que crea un seguro para padres con hijos enfermos
VIGENCIA. En febrero comenzó a regir la Ley Sanna, cuya cobertura se amplió este mes a trasplantes. Roxana Montecinos, beneficiaria, destacó que es un avance y apuntó a mejoras que permitan el acompañamiento a los hijos enfermos durante todo el tratamiento.
A los 14 años, a Antonia Quezada Montecinos le detectaron un tumor en el muslo izquierdo. Los resultados de la biopsia arrojaron un hemangioendotelioma y que ese tumor poseía células cancerígenas. La adolescente -proveniente de Puerto Montt- fue hospitalizada en la unidad de Oncología Infantil en el Hospital Base de Valdivia, para recibir el protocolo de quimioterapia y luego radioterapia. La enfermedad la mantuvo sometida al tratamiento desde el 4 de octubre de 2017 hasta el 22 de abril de este año.
Su madre, Roxana Montecinos, también se trasladó a Valdivia. Arrendó una cabaña para que la pudieran visitar sus otras dos hijas, mientras que su esposo debía seguir trabajando en Puerto Montt. Para establecerse en la ciudad, recurrió los primeros meses a licencias siquiátricas. No tenía otra opción que le permitiera justificar su ausencia en el trabajo, pero sus licencias comenzaron a ser rechazadas por la Compin, " me las reducían a siete días y tenía problemas con los pagos, por lo tanto debía apelar". Hasta que en febrero de este año entró en vigencia la Ley Sanna (Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas). La ley otorga un permiso para justificar la ausencia laboral de madres y padres trabajadores para el cuidado de sus hijos que presenten condiciones graves de salud. En una primera fase, dio cobertura de licencia médica y subsidio a padres de pacientes oncológicos y que requieren cuidados paliativos por cáncer avanzado.
"Decidí acogerme a la Ley Sanna, porque era más segura para mí, aún cuando estaba en marcha blanca y las instituciones no manejaban bien la información y, por lo tanto, fue un poco engorroso al principio. Pero tuve la suerte de que se me pagaran todas mis licencias, ninguna fue rechazada. Fue un beneficio", declaró.
Roxana Montecinos recalcó la importancia del acompañamiento en lo emocional. "Si bien la quimioterapia te debilita físicamente, también hay un deterioro emocional, porque mi hija, que es adolescente, sufrió los cambios y los dolores como consecuencia de este tratamiento. Es realmente necesario el acompañamiento a cualquier tipo de paciente, niños, adolescentes y adultos".
De acuerdo a las cifras registradas, en los primeros meses de vigencia de la Ley Sanna, el total de beneficiarios a nivel nacional alcanza los 789 trabajadores. De ellos, un 68,5% corresponde a mujeres y un 30,5% a hombres.
Según un estudio de Comunidad Mujer (boletín junio de 2018) existe una marcada diferencia entre mujeres y hombres adultos -25 a 59 años- que se dedican semanalmente al trabajo de cuidado de personas dependientes en el hogar (niños, enfermos y adultos mayores), utilizando como fuente la Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT, 2015).
En el boletín plantean que mientras las mujeres dedican casi media jornada a actividades de cuidado (21 horas semanales), los hombres destinan menos de la mitad de las horas a estas labores (9,4 horas).
ORIGEN y extensión
En Chile, la estadística arroja que más de 3 millones y medio de trabajadores tienen al menos un hijo o hija menor de 18 años. Ellos son los potenciales beneficiarios de la Ley Sanna.
En abril de 2017, el Congreso aprobó por unanimidad la ley, que crea el fondo a través del cual se financiarán los permisos y subsidios para las madres y padres trabajadores. El 30 de diciembre de 2017 fue publicada en el Diario Oficial.
A partir del 1 de julio la Ley Sanna inició su segunda fase de implementación y amplió su cobertura a padres de pacientes de entre 1 y 18 años con enfermedades que requieren trasplantes de órganos sólidos y de progenitores hematopoyéticos. En 2020 se incorporará la cobertura en caso de desahucio y accidentes con riesgo de muerte o que generen una secuela funcional grave de carácter permanente para los niños.
Feda Simic, seremi del Trabajo y Previsión Social, destacó que con esta nueva cobertura, el gobierno busca mejorar las condiciones de los trabajadores, "que hoy se encuentran en una situación difícil que afecta directamente a sus hijos. Esta ley, que partió con una cobertura de cáncer, se abre a beneficiar a los padres cuyos hijos estén a la espera de un trasplante o en proceso de recuperación", sostuvo.
Simic indicó que en otras regiones los trabajadores se han acogido a esta ley. "La Araucanía tiene 25 pagos autorizados, la Metropolitana 291, Tarapacá 26, Biobío 21 y O'Higgins 18. Pero en Los Ríos aún no tenemos información de cuántos son", precisó Simic.
Llamado
En ese contexto, el seremi llamó a los trabajadores de la región que estén viviendo una situación que implique la enfermedad de un hijo a acogerse a esta ley e informarse en Fonasa o en la Superintendencia de Seguridad Social.
Acerca del procedimiento para acceder al beneficio, explicó que "en el caso de trasplante, el médico tratante debe emitir la licencia médica del niño al trabajador y, además, debe extender un informe complementario que certifique la realización del trasplante de órgano sólido, indicando la fecha".
Si no se ha efectuado el trasplante, el niño debe estar inscrito en el registro nacional de potenciales receptores de órganos, a cargo del Instituto de Salud Pública, priorizado como urgencia médica y acompañado de un certificado emitido por la Coordinadora Nacional de Trasplante.
En el caso de no estar inscrito en el registro, debe acompañar certificación médica que acredite que se están realizando los exámenes de compatibilidad y otros que resulten necesarios para realizar el trasplante de órgano sólido de donante vivo.
Simic destacó que la ley responde a una demanda de los padres que tienen un hijo enfermo, "de acuerdo al tipo de enfermedad se otorga un permiso de 45, 60 ó 90 días para que puedan acompañar a los niños y niñas. En un momento complejo para una familia, le da la seguridad al trabajador que le van a pagar todo lo que corresponde".
En caso de cáncer, el permiso tendrá una duración de 90 días corridos en un período de 12 meses continuos, respecto del mismo diagnóstico. Por trasplante de órgano sólido será de 90 días.
De tratarse de un desahucio o estado terminal, se extenderá por 60 días y en accidentes graves con riesgo de muerte o de secuela funcional severa y permanente el permiso será de 45 días.
Roxana Montecinos señaló en relación a la extensión del permiso que la ley es mejorable. "Si bien nos asegura el subsidio y nos sirve a los papás que estamos en término de tratamiento, porque son 90 días al año en caso de cáncer, hay papitos y mamitas que están recién empezando con el tratamiento de sus hijos. Por lo tanto, a futuro debiera hacérsele modificaciones a esta ley para que cubra la totalidad del tratamiento", planteó.