Corte de Apelaciones pide informe a Desarrollo Social por Consulta Indígena
TRÁMITE JUDICIAL. El tribunal de alzada de Valdivia declaró admisible para trámite un recurso de protección interpuesto por nueve comunidades pertenecientes a la región de Los Ríos.
La Corte de Apelaciones de Valdivia solicitó a la secretaría regional ministerial de Desarrollo Social que entregue un informe sobre la Consulta Indígena que se realiza en la región de Los Ríos.
La petición fue emanada desde el tribunal de alzada el viernes, luego de que se declarara "admisible para trámite" (es decir que cumple con la formalidad para ser estudiado) un recurso de protección interpuesto por nueve comunidades indígenas, en el cual cuestionan el proceso de Consulta que lleva adelante el gobierno para cambiar la actual Ley Indígena y piden ordenar su suspensión.
La acción legal fue iniciada el 4 de junio (causa rol Corte 1311-2019) ; el 5 se declaró admisible y el viernes 7 se generó la solicitud de informe, por resolución de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, compuesta por los ministros Carlos Gutiérrez y Luis Aedo, junto al abogado integrante Mauricio Ferhmann.
De acuerdo a los plazos legales estipulados para este trámite, el seremi de Desarrollo Social, Carlos Rolack, tiene un plazo de seis días para entregar los antecedentes que se le están pidiendo.
El abogado de las comunidades, Cristian Oñate, declaró que "en principio es una buena noticia, porque aunque aún no se habla del fondo del asunto, este tema ya entró en curso. Es decir, la Corte de Apelaciones decidió conocer sobre el fondo del asunto".
Las comunidades
Las nueve comunidades indígenas que interpusieron el recurso son Koliñir Lof Wapi, Eulalio Cañulef, Reyes Curinao, Erasmo Panicu, Millapan Naguil, Agrupación Zomo Trafkintü, Autónoma Mawida, Kalfvgen y Felipe Epulef. Las razones para iniciar la acción legal -explicitadas en el escrito por las comunidades- son, en primer lugar, la presunta vulneración del principio de buena fe. Indican que Desarrollo Social "no actuó con la debida diligencia, al no comunicar a las organizaciones interesadas -dentro de las cuales nos incluimos- (...) imposibilitando la generación de condiciones fácticas que propicien un escenario de igualdad entre las comunidades indígenas y el Estado Chileno respecto a los temas a tratar. Lo anterior se ve refrendado aún más cuando nos enteramos inicialmente solo por los medios de comunicación que las materias a tratar en la consulta dirían relación con la administración de la tierra y las limitantes que actualmente incorpora la ley 19.253".
También se indica que "el proceso no se condice con los estándares internacionalkes requeridos para cumplir el requerimiento de procedimiento adecuado. El proceso llevado a cabo es uniforme y sistemático a lo largo del país, no tomando en consideración nuestras particularidades..." Además se cuestionan aspectos como las medidas a consultar.