Legitimidad de la persecución penal
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Este caso es un claro ejemplo de cómo opera el sistema de justicia criminal.
En los últimos días generó revuelo mediático la absolución dictada en favor de un hombre acusado por la Fiscalía del delito de abuso sexual cometido en contra de sus hijas de 5 y 7 años. Se trata de una investigación que data de abril de 2010, cuando el Ministerio Público tomó conocimiento y dispuso diligencias de investigación tendientes al esclarecimiento de los hechos. En virtud de los antecedentes policiales y periciales obtenidos, principalmente la declaración inicial de las niñas, la Fiscalía llegó a la convicción de que había que ejercer la acción penal respecto de los hechos mencionados. Por ello, se decidió formalizar una investigación y pedir la prisión preventiva, solicitud que fue acogida por el Juzgado de Garantía y confirmada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia. Luego, frente a la retractación de las menores y atendidos la gravedad de los hechos investigados, el bien jurídico protegido, la relación de parentesco y los antecedentes reunidos, se adoptó la decisión de acusar y sostener esta pretensión, para que este caso fuera resuelto por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia.
En el juicio oral, la Fiscalía presentó pruebas testimoniales y periciales que a nuestro entender acreditaban la participación del acusado, pero que no fueron suficientes para convencer al Tribunal -más allá de toda duda razonable- de su responsabilidad y, en consecuencia, éste dictó una sentencia absolutoria.
Este caso es un claro ejemplo de cómo opera el sistema de justicia criminal y cuáles son sus reglas para todos los intervinientes. La Fiscalía no ejerce la acción penal pública de manera arbitraria. Investiga los hechos punibles bajo el principio de objetividad junto a sus organismos auxiliares, los que le aportan elementos suficientes para desechar, cambiar o confirmar una línea de investigación que apunte a la presunta responsabilidad de alguien en un delito.
La existencia de un Tribunal de primera instancia que cautela las garantías de los intervinientes y puede acoger o rechazar la solicitud de una medida que restrinja la libertad de una persona o la prive de ella, también da cuenta de lo señalado. Junto con ello, la posibilidad de interponer un recurso ante un tribunal superior si una de las partes no está conforme con una resolución judicial, confirma aún más que el sistema criminal tiene vías de control que pueden ser ejercidas, como de hecho ocurrió en el caso señalado. Sin perjuicio de la convicción de la Fiscalía, en un sistema penal donde cada actor tiene y cumple su rol, no todo juicio oral termina en condena, sino que se abre la posibilidad de una absolución.
Directora Ejecutiva y vocera Fiscalía Regional de Los Ríos