Los Ríos ha recibido 451 consultas acerca de renegociación de deudas
AUTORIDADES. Destacan aplicación de Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, a un año de su puesta en marcha, y convenios con la Corporación de Asistencia Judicial y Universidad Santo Tomás.
A un año de la entrada en vigencia de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento -la que sustituyó el régimen concursal de quiebras- en la Región de Los Ríos han sido recepcionadas 15 solicitudes para iniciar el procedimiento de renegociación de personas deudoras, mientras que se registran dos procedimientos con resolución que declara la liquidación, uno de persona deudora y otro de empresa.
Así lo informó el coordinador regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR), Horacio Fernández, quien calificó como positivo el balance de la aplicación de la ley en la región, precisando que la oficina ubicada en Valdivia ha recibido 451 consultas a través de sus distintos canales de atención.
En tanto, la seremi de Economía, Ana María Bravo, destacó que la ley "otorga a las personas que se acojan a ella una segunda oportunidad, desestigmatizando su fracaso financiero, con esta ley lograrán volver a reemprender, siguiendo de esta forma los lineamientos del gobierno relacionados con el apoyo a los emprendedores y emprendedoras".
REnegociación
Horacio Fernández explicó que desde la puesta en marcha de la ley se ha evidenciado que existe interés de las personas por renegociar sus deudas. "Es un procedimiento que tiene por objeto que las personas puedan renegociar las deudas cuando están en una situación donde no pueden pagar en los términos estipulados. Ellos hacen una propuesta de pago a sus acreedores y éstos pueden aceptarla o rechazarla".
De las 15 solicitudes recepcionadas para renegociar deudas de personas, cinco fueron declaradas admisibles y diez inadmisibles.
El coordinador de la SIR en la región explicó que las solicitudes son declaradas inadmisibles cuando no cumplen con los requisitos que estipula la ley.
"Por ejemplo, uno de los requisitos de admisibilidad es no estar notificado de una demanda y a veces las personas están notificadas o son notificadas durante el tiempo intermedio en que inician este procedimiento. O, bien, porque no cumplen con el ámbito de aplicación de la ley, hablamos de personas deudoras y en algunos casos las personas tienen inicio de actividades o tributan en primera categoría como personas naturales, ello la ley lo entiende como que son empresas y no personas".
PROCEDIMIENTOs
El coordinador de la SIR destacó que los procedimientos son más rápidos y eficientes que los antiguos.
"Partamos de la base que la renegociación no existía para las personas deudoras. Hoy tenemos un procedimiento que es administrativo, gratuito y que no requiere la presencia de un abogado, y que no debería durar más allá de tres meses, mientras que el de liquidación de personas no debería durar más de ocho meses".
Respecto a los plazos para los demás trámites, precisó que la liquidación de empresa no se debería extender por más de 12 meses y el de reorganización para las empresas, más de cuatro meses.
"Estamos hablando de que los procedimientos antiguos de liquidación de empresas duraban más de 54 meses. Hay un ahorro de 46 meses para las empresas", aseguró.
Convenios
A fin de facilitar el acceso de las personas a la ley, a partir de ayer está vigente un convenio con la Corporación de Asistencia Judicial para que los abogados de ese organismo patrocinen causas de personas naturales que se encuentren en situación de liquidación. "Recordemos que los procedimientos de liquidación son judiciales y, por lo tanto, necesitan del patrocinio de un abogado y muchas de las personas que están en esta situación no pueden pagarlo", explicó Fernández.
Dicho convenio se suma a la alianza vigente con la sede Valdivia de la Universidad Santo Tomás.