Pamela De Vicenzi
En una maratónica jornada, el Senado aprobó dos de los puntos más discutidos de la reforma laboral, relacionados con el derecho a huelga. Asimismo, rechazaron la obligación de negociación con sindicatos interempresa.
El debate estuvo marcado por el desalojo de los dirigentes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), quienes se encontraban en las tribunas de la Sala.
Los legisladores discutieron y votaron las propuestas sobre titularidad sindical, considerado uno de los temas centrales del proyecto.
Este punto reconoce al sindicato como sujeto principal de negociación colectiva, prohibiendo la existencia de los grupos negociadores en las empresas donde existen sindicatos. Estas disposiciones fueron aprobadas con 22 votos a favor y 14 en contra.
Los legisladores que apoyaron esta iniciativa argumentaron que este ítem es fundamental para fortalecer la organización sindical y con ello convertir al sindicato en un interlocutor más fuerte frente a la empresa.
Luego se discutió la extensión de beneficios, en la que se considera una práctica desleal otorgar los beneficios fruto de la negociación que realiza un sindicato con el empleador, a los trabajadores no afiliados a este cuerpo colectivo. Este artículo se aprobó con 19 votos a favor y 14 en contra.
También se aprobaron los puntos complementarios que se refieren a la afiliación de trabajadores a un sindicato, en particular respecto a cómo el empleador pacta con este organismo, y el que el reajuste salarial de acuerdo al IPC negociado, sí se extienda a todo el personal.
Luego se vieron los temas relacionados con el derecho a huelga, artículo aprobado por 22 votos a favor, uno en contra y 13 abstenciones. La iniciativa indica que esta movilización es un derecho que debe ser ejercido colectivamente por los trabajadores.
Esto también prohíbe el reemplazo de los trabajadores en huelga, que no afectará la libertad de trabajo de los no involucrados en ella, ni la ejecución de las funciones convenidas en sus contratos de trabajo.
Los puntos más discutidos
Derecho a huelga Esta iniciativa dice que la huelga es un derecho que debe ser ejercido colectivamente por los trabajadores.
Sindicatos interempresa Este punto, rechazado por la Sala, fijaba la obligación del empleador de negociar con este tipo de organizaciones.