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¿Qué se entiende por presunta desgracia y qué hacer ?

POLICÍAS. Carabineros y la PDI recomienda dar aviso de inmediato.
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Desde la PDI explicaron que el término "presunta desgracia" se aplica a casos de extravío de una persona natural, de quien se ignora su paradero y a quien le podría haber ocurrido una desgracia. Este término no se encuentra clasificado como figura penal y por lo tanto, no constituye delito.

Si ocurre un heco de estas características, lo aconsejable es dar aviso de inmediato y no esperar. Existe un mito que dice que es necesario dejar pasar 48 horas para interponer una denuncia, pero eso es falso.

La recomendación es que la denuncia se debe hacer lo antes posible, ya sea en la PDI o Carabineros. Y se sugiere además, llamar a todos los familiares y amigos más cercanos, para ver si la persona desaparecida ha tenido algún contacto, llamado o concurrido a alguno de los lugares que frecuenta.

Asimismo, al hacer la denuncia se debe dar a las policías el nombre de la persona extraviada, lugar, hora y circunstancia. Además, entregar sus características físicas, morfológicas, tatuajes y si posee alguna enfermedad. También, sus vestimentas y fotografía más reciente, número de celular y cualquier otro dato útil.