Inclusión Laboral
Hoy se cumplen seis meses desde la puesta en marcha de la Ley de Inclusión Laboral de personas con discapacidad y también el plazo para que las empresas suban estos contratos a la Dirección del Trabajo. En este tiempo mucho se ha hablado sobre el cumplimiento que le está dando a la ley el sector privado y de su nivel de compromiso con el cambio social que la trasciende, sin embargo es necesario establecer que en el éxito de su implementación es fundamental el rol que están jugando las personas con discapacidad y sus familias, desde su disposición a romper sus propias barreras psicosociales y en su interés por capacitarse para responder al mercado laboral, como el del Estado como promotor de procesos que faciliten la formación, la contratación y la inclusión.
Así se requiere con firmeza poner atención en la importancia de fortalecer y cambiarle la cara al Registro Nacional de la Discapacidad, un registro público que no sólo es requisito para la postulación a un empleo sino que además un instrumento que permitiría levantar datos cuantitativos y cualitativos para generar mejores políticas públicas en torno a discapacidad. Actualmente se encuentra registrado en éste menos de un 10% de la población en esta situación. En esa misma línea, si queremos que el desarrollo avance en coherencia con la ley, el Estado debe convertirse en un ente ejemplar y saldar aquellos espacios de interpretación a la contratación que le otorga tan profusamente la ley. Hoy están todos los apoyos desde la sociedad civil para acompañar a sus servicios en los procesos de intermediación laboral, como lo hacemos también con las empresas, y adicionalmente en sólo meses se generalizará la obligación de contar con accesibilidad universal en los edificios de uso público. Las alternativas a la contratación están, sólo hay que agregar la voluntad.
María José Escudero Directora Ej. Fundación Ronda
Incógnitas en La Haya
Con la sentencia de La Haya se sabrá si Chile tiene o no, la obligación de negociar, de buena fe, un acceso soberano al Pacífico con Bolivia y si ha incumplido dicha obligación. La Corte decidirá únicamente sobre este punto y no otros. No cabe revisión alguna del Tratado de Límites de 1904, por lo que no cambiará la soberanía chilena territorial ni marítima. Tampoco impondrá un resultado a las eventuales negociaciones, o definirá los alcances del acceso soberano.
Sin embargo, ante la escasa información proporcionada y la reserva debida al juicio, se han generalizado algunas impresiones y opiniones pesimistas, que especulan un resultado desfavorable. Se insiste en que la Corte emite soluciones salomónicas y políticas, para dejar conforme las partes. Si se analizan sus fallos desde su creación (1921), hasta la actual (1945), sucesora de la anterior; no hay evidencia de que hubiere resuelto casos salomónicamente, o sobre bases políticas. Debe aplicar el Derecho Internacional, al cual su jurisprudencia contribuye a su creación. Toda decisión contraria, dejaría de ser fuente auxiliar. No se conocen denuncias al respecto, y sus sentencias siguen siendo invocadas y cumplidas. Las pocas que no, han encontrado un acuerdo posterior diferente por decisión de los litigantes.
También se sigue planteando de manera recurrente, la renuncia al Pacto de Bogotá de 1948. Se asegura que encontraríamos la fórmula milagrosa, para hacer desaparecer el juicio, la Corte, su jurisdicción, y toda controversia potencial. No hay tal. Sería inaplicable para los que ya conoce, el marítimo y el Silala, ni oportuno antes de sus respectivas sentencias. Numerosos otros tratados, como el Pacto, sólo otorgan competencia anticipada al Tribunal. Seguimos igualmente vinculados por su Estatuto. Junto con la Carta ONU, constituye un todo, siendo su órgano judicial principal, como todos los demás. No existe cláusula de retiro del Organismo ni de sus órganos. Sólo puede suspender o expulsar a un Miembro en casos graves. Podríamos optar por no comparecer ante la Corte, pero quien lo hace, puede solicitar que sentencie a su favor. Quedaríamos sin defensa.
Es lógico preguntarse si ganaremos o perderemos. Sin embargo, como versa sobre la obligación de negociar y no está en juego una cesión de soberanía, es difícil reducirlo al todo o nada. La Corte determinará sobre bases jurídicas, si existe y su graduación. Muchas veces hemos negociado con Bolivia sin perder integridad territorial. No hay demasiadas incógnitas en La Haya.
Samuel Fernández Illanes Académico Derecho U. Central
Sobre La Haya
A horas de conocerse el Fallo de la Corte Internacional de La Haya se debe actuar con la mesura, la tranquilidad y la gran capacidad de la diplomacia. La Paz debe estar por sobre todas las diferencias de los seres humanos, hoy en un mundo convulsionado por la falta de la razón, todos sabemos como esta palabra debe imponerse por sobre la acción del hombre.
Es una hora de unidad nacional en que todos los chilenos debemos ser una sola mano que respalde las acciones del Supremo Gobierno, frente a la solución de este litigio.
Arturo Goddard Bravo Profesor Normalista normalista 1949@hotmail.com