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Justicia ordena al Estado costear medicamento para tratar enfermedad rara

UMAB. ECULIZCono cido comercialmente como Soliris es esencial para tratamiento de la HNP, y alcanza un costo mensual de $ 40 millones.
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La Corte de Apelaciones de Iquique ordenó al Ministerio de Salud financiar y proporcionar el fármaco Eculizumab -nombre genérico- o Soliris -nombre comercial-, necesario para el tratamiento de la llamada enfermedad rara, Hemoglubinuria Paroxistica Nocturna (HPN), y cuyo tratamiento mensual alcanzaría un costo de casi $40 millones.

Así, y en fallo unánime, los ministros de la Primera Sala, Mónica Olivares Ojeda, Pedro Güiza Gutiérrez y Marilyn Fredes Araya acogieron el recurso de protección presentado ante la negativa de entregar el medicamento por falta de recursos financieros, señalando que dicha situación es un acto arbitrario que amenaza el derecho a la vida.

"es esencial"

"El medicamento recetado (...) es esencial para su sobrevida, por lo que al sopesar las razones, fundamentalmente de carácter económico, dadas por la recurrida al contestar el recurso (...) prevalecen éstas últimas para resguardar la vida de una persona, derecho que constituye un bien jurídico superior, argumento que le resta razonabilidad a la decisión de la autoridad pública", señaló el tribunal.

Agregaron que la autoridad no debió negarse a entregar el medicamento, "incurriendo en un acto arbitrario, que sin duda, amenaza la garantía del derecho a la vida de éste, pues la decisión lo priva del acceso al mismo, medicina que ha sido recetada para asegurar la sobrevida digna del paciente". Por esto, se estableció que situación permite concluir la realización de un "daño un daño grave y significativo que afecta el derecho a la vida, frente a lo cual corresponde otorgar la indispensable defensa, adoptando las medidas necesarias conducentes a restablecer el imperio del derecho, consistentes en que el sistema público financie y proporcione al actor, mientras los médicos tratantes así lo determinen, el medicamento requerido para el tratamiento de la patología que lo aqueja". Este no es el único caso que ha dejado entrever un vacío en el sistema de financiamiento de este tipo de medicamentos. Hace unos días, la Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó al Estado financiar medicamentos por más de US$1,9 millones, mientras que el año pasado dictó cuatro sentencias similares.

Netflix y Spotify debutaron en nueva canasta del IPC

ÍNDICE. La inflación marcó un 0,1 por ciento en enero y 1,8 en 12 meses.
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Los cambios en los hábitos de consumo marcaron la nueva canasta del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que debutó ayer incorporando servicios y productos como Netflix y Spotify.

La modificación a la canasta busca "reflejar la forma en que han cambiado los ánimos de consumo e introducir mejoras técnicas y operativas para construir un índice más preciso y representativo del comportamiento de precios de la economía", informó el Instituto Nacional de Estadísticas, INE, a cargo de elaborar el IPC.

Un índice que, en enero, arrojó un alza de 0,1 por ciento. El ministro subrogante de Economía, Ignacio Guerrero, dijo que se trata de "una buena cifra para las familias chilenas, ya que los ingresos no están sufriendo mayores contratiempos. El poder adquisitivo de las familias se mantiene (...) Nos habla de una economía sana, que crece".

A doce meses, la inflación anotó un alza de 1,8%. Aumentaron sus precios las bebidas alcohólicas y el tabaco (1,7%), así como la vivienda y los servicios básicos (0,3%).

Eliminaciones y fusiones

En total, hay tres productos que se eliminan: trajes o ambos de hombre, tierra y fertilizante y servicios de asesoramiento jurídico. Se agregó uno, el servicio de suscripción en línea, que se refiere a gastos asociados con el consumo de contenidos vía streaming u online, cual es el caso de Netflix y Spotify.

Fusiones

Además, 29 productos se fusionaron en 13. Esto no significa que los fusionados dejen de ser medidos: se siguen considerando, pero como parte del producto resultante de la fusión.

Por ejemplo, en la División Equipamiento y Mantención del Hogar, que subió 0,6 por ciento, el número de productos descendió de 41 a 36, ya que diez productos se fusionaron en cinco. Es el caso de lámpara y artículos ornamentales, que pasaron a ser artículos ornamentales, los que bajaron 4,3 por ciento en su precio.

En otro ámbito, las empanadas, papas fritas y platos preparados para llevar pasaron a ser, únicamente, platos preparados para llevar, los que registraron un descenso en su precio de 0,7 por ciento.

En Restaurantes y Hoteles, que subió 0,5%, el número de productos bajó de 11 a 7, pues seis se fusionaron en dos.

"Operación Huracán": ordenan arresto domiciliario total para el general (r) Blu

JUSTICIA. Prisión preventiva es "desproporcionada", estimó Corte de Apelaciones.
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Tras casi siete meses recluido por la indagatoria por manipulación de evidencia en la conocida como "Operación Hurácan", la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva dictada contra el exjefe de Inteligencia de Carabineros, el general (r) Gonzalo Blu.

La Primera Sala del tribunal de alzada calificó de "desproporcionada" la medida cautelar con la que se encontraba el general (r), formalizado por asociación ilícita, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación, ordenando en su reemplazo arresto domiciliario total y arraigo nacional.

"En este escenario, resulta desproporcionada la situación de medida de prisión preventiva que está decretada en los antecedentes, en especial, considerando la circunstancia del arraigo que exhibe el imputado, lo que no ha sido discutido en ningún caso por el Ministerio Público y las instituciones presentes en la audiencia", indicó el tribunal en su resolución.

También se recalcó que dicha cautelar había sido dictada solo considerando la pena probable, la cual, "se insiste, va a estar en relación a lo que se acredite en el juicio oral.

Por ello, se consideró "de interés resaltar que el sistema acusatorio penal contempla una serie de medidas alternativas (...) debiéndose razonar en relación a los fines del procedimiento y a las eventuales sanciones a imponer".

Ahora, el exintegrante del Alto Mando de Carabineros esperaría en su domicilio el inicio del juicio oral del caso llevado adelante por el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma.

Tumor cerebral

La defensa del exdirector de inteligencia policial apeló la medida cautelar, ratificada por última vez en septiembre pasado, cuando se hizo entrega de antecedentes que acreditaban que Gonzalo Blu padece un tumor cerebral.

El abogado del general (r), Claudio Pavlic, aseguró que el tribunal hizo "concreta la presunción de inocencia".