Rechazan solicitud que buscaba invalidar norma que protegerá las aguas del río Valdivia
MEDIO AMBIENTE. Ministra Carolina Schmidt dio a conocer decisión frente a la petición de invalidación del anteproyecto, presentada el año pasado.
La ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt dio a conocer el rechazo a la solicitud presentada por Codeproval el año pasado y que buscaba invalidar el Anteproyecto de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental del río Valdivia (NSCA).
El 18 de diciembre de 2006, el director ejecutivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (autoridad ambiental de la época) comenzó la elaboración del proceso. La norma entró en vigencia el 27 de noviembre de 2015 y fue anulada en septiembre de 2016, luego que el Tercer Tribunal Ambiental acogió una de las reclamaciones interpuestas por Celulosa Arauco y Constitución, Forestal Calle Calle S.A. y Codeproval, confirmada luego por la Corte Suprema.
La solicitud de invalidación ingresó al Ministerio del Medio Ambiente acompañada de 18 cartas de personalidades jurídicas, entre ellas empresas, asociaciones y corporaciones, que solicitaron hacerse parte como interesados en el proceso de invalidación. El planteamiento expuesto por Codeproval argumenta que de continuar con el anteproyecto, no solo se incumplirá con lo resuelto por los tribunales, sino que se pondría en riesgo de forma irracional el desarrollo sustentable de la región, sin reales beneficios ambientales. En consecuencia, solicitan invalidar el anteproyecto y dictar uno nuevo, que se ajuste al ordenamiento jurídico, contemplando una justificación técnica, científica y económica de la regulación de una NSCA.
Rechazo
Desde la Seremía del Medio Ambiente indicaron que entre los argumentos que fundamentan el rechazo, "se evidencia que en el marco de la ley de 19.880 que regula los procedimientos de la administración pública y la ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, el acto que se solicita invalidar tiene la calidad de "acto trámite" y, en consecuencia, sólo puede ser impugnado en la medida que determine la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzca indefensión. En este sentido, la resolución que se pretende invalidar no imposibilita la continuación del proceso, ya que constituye la primera etapa del proceso de elaboración de una norma de calidad y tampoco genera indefensión, dado que en su procedimiento, se somete a Consulta Pública y opinión de los consejos consultivos; mientras que el acto terminal, que corresponde a la publicación del decreto, es reclamable ante los tribunales ambientales".
El seremi Daniel del Campo valoró la acción del ministerio: "Lo informado por la ministra Schmidt ratifica el trabajo que el gobierno a través del ministerio ha realizado para resguardar el estado del río Valdivia y permite continuar con la tramitación que hoy se encuentra a la espera de finalizar la consulta indígena".
Agregó que "el anteproyecto sólo puede ser impugnado en la medida que determine la imposibilidad de continuar el procedimiento, es decir, cuando se trate de un acto administrativo cualificado, por lo tanto no puede provocar indefensión, dado que se trata de una propuesta que es sometida a la consulta tanto de organismos privados como públicos, así como personas naturales, siendo Codeproval una de las personas jurídicas que participó en la consulta pública, presentando numerosas observaciones".
La resolución puede ser discutida a través de un recurso de reposición ante el mismo ministerio, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación a los interesados.