Rechazan siete recursos de protección contra ordenanza sobre uso de embarcaciones a motor
EN LAGOS DE PANGUIPULLI. Comunidades mapuches y alcalde de la comuna valoraron la resolución, en fallo unánime, de la Corte de Apelaciones de Valdivia.
La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó, en fallo unánime, siete recursos de protección interpuestos por privados en contra de la Municipalidad de Panguipulli y del Concejo Municipal por la aprobación de la ordenanza que prohíbe la circulación de embarcaciones o vehículos motorizados en tres lagos de esa comuna: Pellaifa, Calafquén y Pullinque.
Las acciones presentadas por los particulares buscaban dejar sin efecto la ordenanza municipal, la cual fue aprobada el 28 de diciembre de 2021 con cinco votos a favor y una abstención, y cuya tramitación quedó paralizada a raíz del pronunciamiento que la Armada solicitó a la Contraloría acerca de la legalidad de esta medida.
En los recursos de protección interpuestos, los privados acusaron un actuar arbitrario e ilegal de parte de la Municipalidad de Panguipulli y estimaron transgresión de lo referido en el artículo 19, números 2,3, 7 y 24 de la Constitución. Este último referido al derecho de propiedad.
Las acciones fueron presentadas por la Inmobiliaria San Nicolás Limitada, Sociedad Inversiones Ayacara Limitada y propietarios de terrenos ubicado en la ribera de la cuenca.
Resolución
El tribunal de alzada resolvió que no se ha probado ni arbitrariedad ni ilegalidad por parte de la Municipalidad de Panguipulli ni del Concejo Municipal.
En la resolución, se señala: "Que, para resolver la presente controversia es menester tener presente, que el acto administrativo objeto de los recursos de protección, es un acto no terminal, que no ha nacido a la vida del derecho, hoy solo es un acuerdo del Concejo Municipal sin obligatoriedad alguna, precisamente por encontrarse con requerimiento pendiente del Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante".
Y agrega que: "De lo reseñado, queda en evidencia la infracción constitucional que se denuncia no es tal -no se ha probado ni ilegalidad ni arbitrariedad- se trata de una ordenanza que actualmente no tiene eficacia ni obligatoriedad, solo constituye un proyecto que pretende ser tramitado por la autoridad municipal, hechos que tampoco pueden ser considerados como una amenaza, al actuarse en un procedimiento que se encuentra dentro del ámbito de sus atribuciones, sin que aparezcan evidentes las infracciones que se reclaman, razones que permiten concluir que los recursos de protección referidos al inicio no están en condiciones de prosperar".
Valoran decisión
Desde las comunidades mapuches aledañas a la cuenca del lago Calafquén celebraron la resolución de la Corte de Valdivia. Orlando Colipán, uno de sus voceros, afirmó que este pronunciamiento "viene a respaldar y a dar justicia a las demandas de las comunidades" con relación al resguardo de la "vida y de las aguas".
"Dejar claro que a lo que apelaban los particulares, principalmente, era a su afectación al derecho a propiedad, pero nosotros también decimos que tenemos derecho a propiedad ancestral sobre nuestros territorios, sobre la tierra y sobre los cuerpos de agua", señaló.
Enseguida, destacó que en el fallo, la Corte de Valdivia reconoce que es deber del Estado velar por el derecho de vivir en un ambiente libre de contaminación, así como también -dijo- "que se está en un territorio mapuche (...) Creo que es un fallo contundente a favor de la vida, a favor del agua, que es un bien que como humanidad debemos proteger, cuidar y resguardar por sobre los privilegios de los particulares que tienen recursos económicos importantes y que quieren afectar todo esto".
El alcalde de Panguipulli, Pedro Burgos, también valoró el fallo y al respecto señaló que "la sustentabilidad es fundamental para nuestro territorio y es parte de nuestro compromiso. En consecuencia, la fundamentación de fondo que nosotros entregamos ante el recurso de protección presentado, tiene relación con el trabajo territorial".
Agregó que "de igual forma, valoramos el trabajo de nuestro equipo jurídico, así como también el apoyo entregado en esa misma línea por las comunidades que se sumaron a este recurso de protección, además de parte de la comunidad de Coñaripe".
"Creo que es un fallo contundente a favor de la vida, a favor del agua, que es un bien que como humanidad debemos proteger, cuidar y resguardar..."
Orlando Colipán, Vocero comunidades
"La fundamentación de fondo que nosotros entregamos ante el recurso de protección presentado, tiene relación con el trabajo territorial..."
Pedro Burgos, Alcalde de Panguipulli
28 de diciembre de 2021 fue aprobada la ordenanza municipal con cinco votos a favor y una abstención.
3 lagos de Panguipulli alcanza la prohibición de la circulación de embarcaciones y vehículos motorizados.
13 comunidades mapuches de la cuenca del lago Calafquén impulsaron la ordenanza municipal.
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