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¿Cómo funciona nuevo registro de deudores de pensión de alimentos?

CONTENIDO. Ley fue publicada el 18 de noviembre e implica consecuencias para personas que tengan tres mensualidades continuas y cinco discontinuas impagas.
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María Alejandra Pino C.

Entró en vigencia el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389) ¿Qué significa esto? Que quienes adeuden, total o parcialmente, tres mensualidades continuas o cinco discontinuas serán inscritos en un registro electrónico.

Sin embargo, este Registro no agota su propósito en una finalidad catastral, así lo explicó el ministro vocero de la Corte de Apelaciones de Valdivia, Rodrigo Carvajal.

Al respecto, precisó que no es "por así decirlo, un boletín comercial de deudores morosos de pensiones alimentos", sino que es un instrumento para desencadenar consecuencias jurídicas y económicas respecto de quienes se encuentren atrasados en el pago de sus obligaciones alimenticias.

Consecuencias

"Las consecuencias se pueden apreciar desde distintos puntos de vista, afectan derechos vinculados a la función pública, derechos vinculados a la gestión y disposición del patrimonio y, también, hay actos de publicidad asociados a este Registro, por ejemplo, si alguien quiere contraer matrimonio el oficial del Registro Civil tendrá que hacer presente a los contrayentes que hay una deuda de alimentos".

En el detalle, algunas de las consecuencias asociadas al Registro son: se podrá retener dinero de operaciones de crédito que realice la persona deudora; en caso de operaciones por 50 UF o más se retendrá el 50 por ciento del crédito. En caso de venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil podrán inscribir la transferencia solo si la persona deudora acredita que con las ganancias de la venta pagará las mensualidades debidas. Se retendrán las devoluciones de impuestos de las personas deudoras hasta que se salde la deuda.

Además, las personas deudoras no podrán renovar sus licencias de conducir ni pasaportes. Se retendrá un porcentaje del sueldo de las personas deudoras que se desempeñen en alguno de los tres poderes del Estado, u otro organismo público, sea por contratación o ascenso; aplica también a cargos de elección popular y de alta dirección pública. En caso de acceder a beneficios económicos del Estado, los fondos adjudicados serán destinados al pago de las deudas.

Asimismo, las deudas por pensión de alimentos deberán ser declaradas en la Declaración de Intereses y Patrimonios (en el caso de las personas que corresponda). Se incorporará la revisión del Registro Nacional de Deudores en la evaluación de idoneidad de los solicitantes de adopción de una niña, niño o adolescente; y los empleadores de personas deudoras podrán descontar montos de las liquidaciones de sueldo para el pago de las mensualidades adeudadas.

Además de acarrear estas consecuencias jurídicas y patrimoniales, el ministro vocero de la Corte indicó que el Registro permite "hacer patente y visible en la sociedad que esta es una responsabilidad primordial y que el empeño del Estado está en llevar esto al plano de lo público e imponer consecuencias" y que significa la protección de derechos fundamentales implícitos de niños, niñas y

No pago podría constituir un delito

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La Ley 21.389 establece que, bajo ciertas circunstancias, el incumplimiento de la obligación de pagar pensión de alimentos constituye violencia intrafamiliar. En caso de que el incumplimiento sea reiterado, puede constituir un delito si tiene por objeto menoscabar o controlar la posición económica de la mujer. Al respecto, la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Francisca Corbalán, dijo que "eso es algo que se ha visibilizado en los últimos años, la violencia económica es muy dura y genera mucho desgaste a todo nivel; entra como categoría y se puede visibilizar gracias a este Registro como violencia en los tribunales dentro de la ley VIF (violencia intrafamiliar)".