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¿Cuáles son los mecanismos para asegurar la paridad en el Consejo Constitucional?

En los comicios del 7 de mayo, la ciudadanía elegirá a los integrantes del organismo que será parte de la elaboración de la nueva Constitución. En ese contexto, académicos y parlamentarias analizaron reglas que garantizan que sea conformado por 25 hombres y 25 mujeres.
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"El sistema electoral para el Consejo Constitucional se orientará a conseguir una representación equitativa de mujeres y hombres, entendiéndose esto como 25 mujeres y 25 hombres".

Así quedó establecida la paridad en la composición del organismo que será elegido en los comicios del próximo 7 de mayo y cuya función será discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución.

Para cumplir con este criterio, la Ley N° 21.533 define un mecanismo preliminar y, de no lograr éste la paridad, reglas especiales.

¿cómo se aplicarán?

Sobre este mecanismo y reglas profundizó el académico del Instituto de Gobierno y Asuntos Públicos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas (FACEA) de la Universidad Austral de Chile, José Hernández.

En la asignación de los escaños, explicó que se utilizará el mismo método que en las elecciones senatoriales. Se trata del sistema D'Hondt, el cual permite -precisó- "entregar escaños según la cantidad de votos que obtenga tanto la lista que se presenta como las candidatas y candidatos que son parte de esa lista".

Esto es, primero se suman los votos de cada lista (en este caso son 5 listas), de todos los candidatos que formen parte de ella. El total de cada lista se divide por el número de escaños; es decir, se divide por 1, por 2 y por 3 (ya que en Los Ríos serán elegidos tres consejeros constitucionales). Tras esa división, y dependiendo de la cantidad de votos de cada lista se asigna el número de escaños que ésta tendrá.

"Entonces, si una lista tiene una cantidad de votos muy superior a las demás, probablemente, tenga dos escaños, otras un escaño o algunas ni siquiera obtengan uno".

Por lo tanto -precisó Hernández- los escaños, primero, se asignan por lista. Una vez hecho esto, para definir quiénes representarán a la lista en el Consejo Constitucional, "entra a jugar la votación individual. Por ejemplo, si una lista obtiene un escaño, la persona de la lista que tenga la mayor votación es la que queda en ese escaño".

¿Qué ocurre si luego de aplicar este sistema no se consigue la paridad? El académico explicó que la paridad de salida significa que en el caso de que en la composición de la circunscripción exista una sobrerrepresentación de alguno de los géneros, "se tiene que hacer una compensación para que se reduzca esa sobrerrepresentación".

Esto lo ejemplificó con la región de Los Ríos: "Acá tenemos tres escaños para el Consejo. Digamos que ganan tres listas distintas y que las personas que tienen mayor votación en cada una de esas listas son hombres. Entonces, tendríamos tres hombres que según el sistema D'Hondt debieran ocupar los escaños que son designados para la región de Los Ríos. Eso iría en contra del principio de paridad".

"El para qué de la paridad es fomentar la participación de un sector que es la mitad de la población y que se ha visto subrepresentado históricamente en los puestos de poder..."

José Hernández, Académico FACEA-UACh

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