Senado aprueba facultades al Servel para plebiscito seguro
VOTACIÓN. Proyecto que pasa a la Cámara habilita al servicio para ampliar a 12 horas la jornada y normar aforo, distancia física, mesas y otros temas.
El Senado aprobó en general, con 39 votos a favor, el proyecto de reforma constitucional que modifica normas respecto del plebiscito del 25 de octubre y entrega facultades al consejo directivo del Servicio Electoral (Servel) para dictar normas e instrucciones para la realización de esta consulta nacional.
El ministro vocero de Gobierno, Jaime Bellolio, comentó la aprobación del proyecto, que ahora pasará a la Cámara de Diputados. "A nosotros nos interesa como Gobierno que el plebiscito sea especialmente participativo, transparente y seguro, y cuando me refiero a seguro, es desde la perspectiva sanitaria, así como también desde la perspectiva de orden público", dijo.
Pendiente el traslado
La iniciativa tuvo su origen en una moción de senadores de oposición, incluido Alfonso de Urresti (PS). Este destacó que "queda pendiente el proyecto sobre financiamiento y el transporte para el día del plebiscito". Sobre esto último, el ministro de la Segpres, Cristián Monckeberg, informó que trabajan con el ministerio del Interior "para facilitar al máximo el transporte gratuito para que las personas puedan acceder a votar y participar".
Bellolio, en tanto, dijo que el Servel y el Minsal deben trabajar en orden a "que ninguna persona se vea ahuyentada de poder participar o tenga temor de poder participar, especialmente los adultos mayores, por el riesgo de contagio".
El senador Francisco Chahuán (RN) sostuvo que en el plebiscito "debiera haber una participación mínima para validar un ejercicio de esta naturaleza". Él presentó una reforma que obliga al Presidente a convocar a un nuevo plebiscito si el del 25 de octubre no logra 50% de participación.
El proyecto aprobado establece que el consejo directivo del Servel deberá dictar, al menos 45 días antes del plebiscito, las normas e instrucciones necesarias para su desarrollo.
Las normas podrán abordar la constitución, la instalación y el funcionamiento de mesas receptoras de sufragios; su horario de funcionamiento, pudiendo ampliarlo hasta 12 horas y pudiéndose promover horarios preferentes de votación a diferentes grupos de personas; y el número y causales de excusa o exclusión de los vocales, pudiendo excluir a personas riesgo de salud.
El Servel también podrá resolver sobre el aforo máximo de los locales de votación; la distancia mínima entre las mesas receptoras de sufragios, sus urnas y cámara secretas, y la distancia entre los vocales de mesa, apoderados y la prensa; los útiles electorales disponibles en las mesas; la regulación del tipo de lápiz para marcar la preferencia; y la obligación de usar mascarillas y otros medios de protección sanitaria.