¿Qué dice la norma sobre los horarios en días previos?

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La normativa nacional indica que el empleador puede disponer unilateralmente de la prolongación de la jornada de trabajo de los trabajadores del comercio hasta en dos horas diarias durante 9 de los 15 días anteriores al 24 de diciembre. Del 10 al 23 de diciembre ningún trabajador del comercio deberá trabajar más allá de las 23 horas. El día 24 de diciembre sólo podrá trabajar hasta las 20:00 horas. Todos estos límites horarios son inamovibles.

Empresarios se reunieron en el ranco

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En Río Bueno se llevó a cabo el seminario "Escenario económico actual: análisis y proyecciones regionales", organizado por las Unidades de Empleo y Empresas del Sence Los Ríos, donde participaron representantes de empresas de las distintas comunas de la región junto a las Oficinas Municipales de Información Laboral, OMIL.


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